En la compleja red de transacciones financieras que envuelven la compra de una vivienda, los gastos hipotecarios han sido, durante mucho tiempo, un punto de fricción para muchos consumidores. Afortunadamente, la jurisprudencia española ha dictaminado en los últimos años que gran parte de estos costes asociados a la formalización de su préstamo hipotecario recaían indebidamente sobre el prestatario. Por ello, es posible que tengas derecho a recuperar una parte sustancial de esos gastos.
En este artículo, desde Daniel Rivero Braña Avogado, despacho de abogados en Lugo, te explicamos tres de los escenarios más comunes en los que puedes iniciar tu reclamación.
Reclamación por gastos de notaría y registro
Tradicionalmente, las entidades bancarias imputaban la totalidad de estos costes al cliente, argumentando que el principal beneficiado de la inscripción y la formalización de la escritura era el comprador. No obstante, el Tribunal Supremo ha establecido que el principal interesado en que el préstamo se eleve a escritura pública e inscriba en el Registro de la Propiedad es el banco, ya que así obtiene un título ejecutivo y una garantía real.
Por lo tanto, la jurisprudencia actual dictamina que los gastos de notaría deben ser compartidos entre ambas partes, y los gastos de registro de la propiedad deben ser asumidos íntegramente por el banco.
Reclamación por gastos de gestoría
Otro de los conceptos que habitualmente se cobraba de forma íntegra al cliente era el de los gastos de gestoría. Las entidades bancarias solían imponer la contratación de una gestoría específica para tramitar la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad y liquidar los impuestos. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha considerado esta práctica como abusiva. Por consiguiente, si en tu hipoteca te obligaron a asumir los gastos de gestoría sin posibilidad de elección, es muy probable que puedas recuperar el importe íntegro de este concepto.
Reclamación por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
Desde que entró en vigor la nueva ley hipotecaria en 2019, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) deben pagarlo los bancos en el caso de adquisición de viviendas de segunda mano y los compradores cuando se trate de obra nueva.
Abogados en Lugo expertos en reclamaciones de gastos hipotecarios
En nuestro despacho de abogados en Lugo llevamos muchos años dedicándonos a las reclamaciones de gastos hipotecarios para diversos clientes con una tasa total de éxito.
Si crees que has pagado indebidamente alguno de estos costes, te invitamos a contactar con Daniel Rivero Braña Avogado para que analicemos pormenorizadamente tu caso ayudarte a recuperar lo que legítimamente te pertenece. ¡Esperamos tu llamada!